Reflexión

Preguntas y respuestas sobre la ley natural (I)

La ley natural es una ley permanente, aunque en la actualidad es rechazada u olvidada por amplios sectores de la sociedad. El escrito aparece  en forma de preguntas y respuestas, con el posible intento de que sea más fácil y llevadera la comprensión de su lectura.

–P: Te pregunto en primer lugar: ¿Cuáles son las cosas que abarca la Ley Natural?

–R: Al ser una ley universal, eterna e invariable, abarca a todas las cosas existentes en la Naturaleza.

–P: ¿Cómo se puede aplicar estos principios, teniendo en cuenta la diversidad de civilizaciones, razas y culturas?

–R: El ser humano por el solo hecho de ser persona está vinculado a la ley natural, del cual emana el ”derecho natural”, haciendo compatibles las diversidades antes mencionadas.

–P: ¿En qué sentido la ley natural y sus derechos se fundamenta en la naturaleza humana?

–R: En virtud de su “intrínseca dignidad”  se pueden discernir estos derechos: derecho a la vida, a la integridad física y moral, a pensar y razonar, a formar una familia, a la libertad religiosa, etc.

–P: ¿Cuál sería la denominación adecuada de la ley natural referida al ser humano?

–R: Quizá la más adecuada y sustanciada por la “filosofía personalista”, sea la de “ley de la razón natural”, en cuanto la luz de la razón entiende la conveniencia de lo que se debe hacer y lo que se debe evitar.

–P: ¿Qué diferencias hay entre la ley natural y la ley positiva?

–R: La ley natural reproduce en el universo la ley eterna de la divinidad. La ley positiva está constituida por una serie de leyes decretadas por las autoridades humanas y deben tener en cuenta los preceptos de la ley natural.

–P: ¿Hasta qué punto las legislaciones establecidas por los parlamentos dependen de la ley natural?

–R: Dependen en la medida que la ley natural es la destilación y base de referencia de las legislaciones positivas, tanto privadas como públicas.

–P: ¿Por qué en los iusnaturalistas existe el recelo hacia el positivismo jurídico?

–R: Surge por desechar, en ocasiones, los valores emanados de la ley natural, contribuyendo a que las leyes jurídicas dependan de las corrientes de opinión dominantes, alterando de este modo, la prioridad del derecho natural al convertirlo en un factor subordinado al poder del positivismo jurídico.

–P: ¿Qué consecuencias origina la negación de la ley natural?

–R: Entre otras cosas el que se ponga en tela de juicio el patrimonio moral y ético de la humanidad, entendiendo que la ley natural proporciona legitimidad a las leyes positivas, que a menudo se amparan en leyes relativistas y arbitrarias.

–P: ¿Existen, por tanto, derechos que se derivan de la ley natural?

–R: Existen derechos que son inherentes a la persona humana (derechos naturales) y otros derechos derivados de la ley natural, reglamentados para ejercer la justicia y el orden público (derechos positivos)

–P: ¿Estamos “inclinados” de forma innata hacia el cumplimiento de la ley natural?

–R: El ser humano, está “orientado” o también “inclinado” de forma innata, a realizar los actos y fines que demanda la ley natural.

–P: Los que prescinden o rechazan la ley natural, ¿no será porqué la conciben como una “ley impuesta o sobrevenida” que interfiere en la libertad?

–R: La ley natural no se impone como si paralizara la inteligencia y la voluntad, sino que, en parte, es una tarea de la conciencia y la razón, capaz de distinguir el bien del mal, distinción que debe ser una guía para la legislación de las leyes civiles.

–P: ¿El que sean legales las leyes positivas implica que sean justas?

–R: La mera legalidad de las leyes positivas, serán justas, en la medida que tengan como referencia a la ley natural, y uno de los adversarios de esta referencia procede de los materialismos “cerrados al espíritu”.

–P: ¿Pero negar las verdades fundamentales no desemboca en un relativismo absoluto?

–R: El relativismo absoluto parte del presupuesto de que no hay nada permanente, pues todos los seres de la naturaleza, sin excepción, están sometidos al constante cambio. De ahí procede su negativa admisión de verdades perennes.

–P: ¿Pasan factura las concepciones relativistas en la política?

–R: Pasan factura, pues al guiarse por criterios utilitarios y relativistas y dar la espalda al “bien común”, solamente les interesa la suma de los votos de un enjambre de individuos que los aúpen al “poder·

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