Reflexión

Preguntas y respuestas sobre la ley natural (II)

–P: ¿Se pueden compartir los contenidos esenciales de la ley natural?

–R: El ser humano es social por naturaleza, por tanto, la ley natural puede ser compartida en todos los ámbitos sociales, de ahí el que mantenga su plena vigencia y actualidad.

–P: ¿Por qué se identifica la ley natural con  la sabiduría divina” que ordena las cosas creadas a sus propios fines?

–R: Los animales irracionales actúan de acuerdo con sus instintos, con ello cumplen de modo natural con las finalidades de su propia especie, y en lo que respecta a los seres humanos, aclarar que no están determinados en sus acciones éticas y morales, y en virtud de su conocimiento, pueden poner libremente las causas que mueven a sus fines

–P: No obstante, ¿no estamos determinados en nuestras acciones por exigencias como pueden ser las de carácter biológico?

–R: Insisto que en las exigencias éticas y morales no estamos determinados ni por la biología, ni por los fenómenos fisiológicos o psíquicos, ni por la sociedad en la que vivimos, y a pesar de que estemos influenciados por las diversas circunstancias, siempre permanece la libertad del ser humano (si no tiene alguna grave incapacidad) para elegir el principio maestro de la ley natural que consiste en hacer bien y evitar el mal.

–P: Es de opinión general que la ley natural es el antecedente de los derechos humanos, especialmente los redactados por la ONU, en 1948.

–R: Cualquier declaración que se base en la rectitud, honorabilidad y dignidad del ser humano, será aceptable y correcta. Pero la concepción materialista cerrada al espíritu (contraria al materialismo abierto al espíritu), ha ido desvirtuando el sentido de esta rectitud y dignidad, supliendo derechos naturales esenciales por otros que no son naturales y por tanto deshumanizadores.

–P: Los detractores de la ley natural consideran que se inspira en concepciones metafísicas y religiosas, deduciendo por tal motivo, que no es de garantía suficiente para su aceptación.

–R: La realidad de la ley natural es perfectamente detectable y experimentable, especialmente en el orden del universo, en nosotros mismos, en nuestras capacidades cognitivas, y en el conjunto de las cosas reales del entorno.

–P: Hablemos del “consenso”, término de gran actualidad.

–R: Al respecto diré, que obligar de antemano aplicar el consenso en los diálogos y conversaciones, implica dar la primacía a las opiniones subjetivas frente a las verdades objetivas.

–P: ¿Entonces, cuál es el objetivo del consenso?

–R: Se podría formular como el “acuerdo” o “consentimiento” entre diversas opiniones, y lo contrario es el “disentir· de cualquier intento de acuerdo. Es aconsejable recurrir al consenso, en las cuestiones opinables de carácter político, económico o social etc., para acoger la diversidad pareceres, mientras no se contradigan con la ley natural.

–P: El relativismo imperante al rechazar una Verdad absoluta y última, presume el ser el garante del verdadero pluralismo.

–R: Es un presumir que se retroalimenta de que la aceptación de una verdad absoluta, presupone una amenaza para la libertad democrática. En cualquier caso, esta equívoca pluralidad que propicia el relativismo absoluto (diferente del relativismo “no absoluto”, válido en las cuestiones temporales) es un ácido corrosivo de la convivencia humana que pone en pie de igualdad todos los pareceres, al margen de su verdad o falsedad.

–P: Comentabas que la ley natural está inscrita en el corazón del hombre, y que por tanto es accesible de por sí a toda criatura racional…

–R: Esta realidad nos faculta para conocer la evidencia de las normas primeras y esenciales que regulan la vida moral por encima de las leyes civiles, pues la ley natural es anterior y superior a las leyes humanas.

–P: Se dice que el Decálogo contiene una compilación privilegiada de la “ley natural”.

–R: El Decálogo demanda el cumplimiento de los valores humanos y espirituales que se ajustan a nuestra dignidad, poniendo de relieve los deberes y los derechos fundamentales inherentes a nuestra naturaleza.

–P: ¿La fe cristiana es un factor positivo para comprender mejor la ley natural?

–R: Es un factor positivo, principalmente en el ámbito ético-filosófico sustentado por el binomio fe-razón, que son como dos alas que arrojan la luz suficiente para corresponderse con la ley natural.

–P: La “autosuficiencia” de las ideologías agnósticas y ateas, consideran irracional el que la naturaleza como tal, esté regida por una ley natural.

–R: Esta “autosuficiencia” se ha ido consolidando en la medida que se ha marginado a Dios de la vida ordinaria, y se han promovido las ideologías de género.

–P: En los ámbitos de estas ideologías, se observa una afilada sensibilidad de lo “cultural”, valorándolo por encima de la noción de lo “natural”

–R: Con esta ficticia oposición reduccionista, consiguen desvirtuar tanto el significado de lo “cultural” como el significado de lo “natural”, lo que origina el menosprecio por el iusnaturalismo.

–P: ¿A quién destacarías como promotores de esta ideología?

–R: Hay una serie de mujeres que en el S.XX, introdujeron esta ideología. Pero puestos a destacar, señalaría a Sartre y Simone de Beauvoir, como uno de los iconos que sostienen que la existencia precede a la esencia, significando que el ser humano no está constituido por una naturaleza o esencia determinada, sino que se realiza libremente a sí mismo, sin referencia a ninguna ley natural o identidad concreta.

–P: Una cuestión que parece algo compleja es la referente a la consideración de los “preceptos secundarios”

–R: Los preceptos secundarios (propios de las legislaciones civiles) se distinguen de los principios primarios y esenciales de la ley natural. Pero debido a la multiplicidad de costumbres y contextos que manifiesta la sociedad, estos preceptos secundarios (derivados de la ley natural) hay que aplicarlos para hacer justicia, según las circunstancias.

–P: ¿La ley natural facilita entender mejor lo que es la antropología humana?

–R: Sin duda que lo facilita, ya que sin esta referencia de la ley natural, se disuelve la comprensión del ser humano. Pero esto no significa que la ley natural sea un paraguas para refugiarnos, como si por el mero hecho de apelar a la naturaleza humana, los problemas morales y sociales con los que nos enfrentamos, pudieran resolverse por sí mismos.

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