Panorama

Limitaciones al derecho a la objeción de conciencia por el aborto en Cataluña

Asociaciones pro-vida piden en el Gobierno y en el Parlamento de Cataluña que dejen sin efecto el registro obligatorio de objetores de conciencia de personal sanitario, que quiere imponer el Gobierno de la Generalitat, considerando que se una limitación al derecho a la objeción de conciencia. Lo han hecho en una Declaración conjunta que firman 14 asociaciones (ver debajo). La nota recibida lo explica de este modo:

El gobierno en funciones de la Generalitat de Cataluña ha acordado en su última reunión de gobierno establecer un registro obligatorio de objetores de conciencia en el aborto. Consideramos que dada la importancia del tema es una decisión que sobrepasa las competencias de mera gestión que tiene un gobierno en funciones y vulnera derechos muy importantes en nuestra vida común.

El derecho a la objeción de conciencia es un pilar fundamental en las sociedades democráticas. Está consagrado en numerosos marcos jurídicos internacionales y nacionales. El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos garantizan la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Así mismo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la objeción de conciencia en el contexto del servicio militar y en otras situaciones en que los mandatos legales podrían entrar en conflicto con las convicciones personales profundas.

El derecho a la protección y defensa de la vida humana engendrada ante el aborto ha estado siempre una de estas convicciones. La objeción de conciencia es, en esencia, el ejercicio del derecho a la disidencia moral. Es un mecanismo mediante el cual los individuos pueden abstenerse de participar en acciones que contravienen sus principios éticos, religiosos o filosóficos. Esto no solo protege la integridad moral del individuo, sino que también promueve una sociedad pluralista donde la diversidad de creencias y valores puede coexistir y ser respetada.

Este derecho permite a los individuos actuar en coherencia con sus principios éticos, incluso cuando estos se oponen a mandatos legales o administrativos. En defensa de este derecho, resulta crucial oponer a la pretensa legitimidad con la cual la administración pública crea listas de objetores, puesto que esta práctica vulnera derechos fundamentales y socava la confianza en las instituciones. La creación de listas de objetores por parte de la administración pública plantea serias vulneraciones éticas y jurídicas.

Estas listas, que registran individuos que ejercen su derecho en la objeción de conciencia, podrían ser utilizadas para discriminar o estigmatizar estas personas, afectando su reputación y derechos laborales. Además, su existencia podría disuadir a individuos de ejercer este derecho por miedo a represalias.

Desde un punto de vista jurídico, la recopilación de datos sobre objetores de conciencia sin su consentimiento expreso viola el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, garantizados en numerosos instrumentos legales, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Este reglamento establece que cualquier procesamiento de datos personales tiene que cumplir con principios de legalidad, equidad y transparencia, y tiene que ser justificado por un propósito legítimo y necesario. No es el caso de la decisión del gobierno de la Generalitat.

La creación de este tipo de listas fomenta un ambiente de desconfianza entre los ciudadanos y la administración pública. Los individuos pueden sentir que su libertad de conciencia está siendo controlada. La salvaguardia de este derecho incluye la prohibición explícita de la creación de listas de objetores.

El gobierno de Cataluña tiene que fomentar una cultura de respeto hacia la diversidad de convicciones personales, asegurando que la objeción de conciencia sea vista como una expresión legítima de derechos fundamentales y no como un obstáculo al cumplimiento de deberes legales o administrativos.

En conclusión: el Gobierno de Cataluña tiene que proceder de forma inmediata a dejar sin efecto el acuerdo por el cual se crean listas de objetores. Las asociaciones abajo firmantes pedimos a los grupos parlamentarios del Parlamento recientemente constituido que adopten los acuerdos necesarios para hacer efectiva esta petición.

Firman esta Declaración:

    • Corrent Social Cristià
    • Acció Familiar
    • Asociación Católica de Propagandistas
    • Afadona
    • Apasionados por la vida
    • Associació Joves Pro-vida (Barcelona)
    • Asociación Hogar de María para la defensa de la maternidad y la integridad de la mujer
    • Associació pro respecte a la vida humana Pro vida (Barcelona)
    • Deportistas por la vida
    • Metges Cristians de Catalunya
    • Plataforma per la família
    • Projecte Raquel (Barcelona)
    • RENAFER
    • 40 Días por la Vida (Catalunya)